ES OBLIGACIÓN DEL VENDEDOR REGISTRAR ANTE EL ORGANISMO DE TRÁNSITO EL TRASPASO DE LA PROPIEDAD DEL VEHÍCULO
- Para el traspaso de un vehículo automotor, el Formulario de solicitud de Trámite debe estar suscrito por el vendedor (a, es/as) y por el comprador (a, es/as) o por una de las partes anexándole las improntas exigidas en reverso del documento y las respectivas huellas dactilares.
- Certificado de existencia y representación legal del propietario, con vigencia no mayor a noventa (90) días si se trata de una persona jurídica.
- SOAT VIGENTE.
- Revisión técnico-mecánica vigente.
- El certificado de inscripción ante el RUNT.
- Estar a paz y salvo en el pago de impuestos sobre vehículos automotores (municipal y departamental).
- Acreditar el pago de los derechos del trámite.
- Contrato de compraventa, documento o declaración en el que conste la transferencia del derecho real de dominio del vehículo, celebrado con las exigencias de las normas civiles y/o mercantiles.
- Para el traspaso de vehículos de servicio público, deberá cederse el derecho de vinculación o afiliación, previa aceptación de la empresa, para lo cual debe anexar copia del contrato de cesión de la vinculación o afiliación del vehículo de servicio público, con firmas del cedente y del cesionario.
- Licencia de Tránsito o la declaración por escrito de la pérdida del documento.
- Recibo de pago por concepto de retención en la fuente de conformidad con el estatuto tributario.
- Paz y salvo por todo concepto de infracciones de tránsito del comprador y del vendedor si el traspaso se hace de manera conjunta o de la parte interesada en transferir la propiedad del vehículo.
- Sentencia con constancia de ejecutoria o de escritura pública cuando se trate de una sucesión.
- Autorización expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada si es un vehículo blindado.
- Permiso otorgado por la Policía Nacional cuando se trate de vehículos con vidrios polarizados u oscurecidos.